Estas Nuevas Políticas —contenidas en los documentos normativos denominados “Nueva Reglamentación para el Funcionamiento del Registro de Nombres del Dominio CL” y “Política de Resolución de Controversias por Nombres de Dominio .CL”— responden a una estrategia de NIC Chile para adecuarse a las prácticas desarrolladas globalmente en estas materias y que fueron discutidas y acordadas con la comunidad nacional de Internet, representada en el Consejo Nacional de Nombres de Dominio
ASESORÍA, DEFENSA Y REGISTRO DE MARCAS, NOMBRES DE DOMINIO, PATENTES Y PROPIEDAD INTELECTUAL
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Nuevo sistema de registro y resolución de conflictos del .CL
Estas Nuevas Políticas —contenidas en los documentos normativos denominados “Nueva Reglamentación para el Funcionamiento del Registro de Nombres del Dominio CL” y “Política de Resolución de Controversias por Nombres de Dominio .CL”— responden a una estrategia de NIC Chile para adecuarse a las prácticas desarrolladas globalmente en estas materias y que fueron discutidas y acordadas con la comunidad nacional de Internet, representada en el Consejo Nacional de Nombres de Dominio
Marcas de certificación: Un puente entre las IGs y DOs y las marcas comerciales tradicionales
Semana del 9 al 13 de diciembre de 2013
Edición especial sobre "Derecho del Vino"
Profesor de diplomados y magíster en la P. Universidad Católica de Chile,
Universidad Finis Terrae y Universidad de Talca.
Marcos Morales A.
Director de Marcas y Patentes de Alessandri Abogados.Profesor de diplomados y magíster en la P. Universidad Católica de Chile,
Universidad Finis Terrae y Universidad de Talca.
Hay una distinción clásica entre las marcas, por un lado, y las indicaciones geográficas (IGs) y denominaciones de origen (DOs), por otro, que resulta cada vez más difusa. Suele sostenerse que las marcas se diferencian de las IGs y DOs por el contenido de su función distintiva, en el sentido que las marcas distinguen productos o servicios por su procedencia empresarial, mientras que las IGs y DOs los distinguen por su procedencia geográfica. De este modo, una marca es un activo de un empresa que permite diferenciar sus productos o servicios de aquellos procedentes de sus competidores, a diferencia de las IGs y DOs que desempeñan per se un rol aglutinador, frente a terceros, de productores, fabricantes y artesanos ubicados en una determinada zona geográfica.
I Jornadas de Derecho del Vino y Denominaciones de Origen
Martes 10 de diciembre de 2013
Campus Casa Central UC
Facultad de Derecho
Más información - Descargar programa
Ver noticia y resumen en sitio web de Alessandri Abogados
El uso de la marca como carga jurídica: (1) Los mitos
Marcos Morales
"... Puesto que en nuestro país el uso de la marca registrada nunca ha sido una exigencia para la conservación del derecho, esta nueva regulación es sin duda un vuelco en muchos aspectos. Sin embargo, lo novedoso comienza y termina allí..."
Miércoles, 20 de noviembre de 2013 a las 12:02
Existe en parte del ambiente jurídico y empresarial un grado de preocupación por la eventual exigencia del uso de la marca registrada, contemplada como carga jurídica en el proyecto de ley de propiedad industrial que se discute actualmente en el Congreso Nacional (boletín 8907-03).
El referido proyecto de ley, originado en mensaje del Ejecutivo de abril de este año, tiene por objeto sustituir íntegramente la ley 19.039 de propiedad industrial, principal regulación sobre la materia, y a la vez la ley 20.254 que creó el Instituto Nacional de Propiedad Industrial - INAPI. Actualmente con suma urgencia, el referido proyecto se encuentra en primer trámite constitucional ante el Senado, habiendo sido ya aprobado en general en octubre pasado y actualmente con discusión en particular en la respectiva Comisión de Economía.
Además de otras regulaciones de especial interés ya tratadas en este medio, dicho proyecto de ley introduce ex novo en nuestra normativa la caducidad (extinción) del derecho de marca, sanción jurídica que opera cuando
Segunda Edición de "Doing Business In Chile"
La obra, escrita en inglés, corresponde a una versión actualizada de la anterior del año 2007, a la cual se han agregado capítulos adicionales, relativos a las leyes de contratos y garantías, así como una sección dedicada a las Pymes. Los demás capítulos se refieren a inversiones y su protección, Derecho Corporativo, Impuestos, Derecho Laboral, Comercio Exterior, Derecho de la Competencia, Derecho Medioambiental, Compliance, Regulación de Proyectos, Seguros, Protección del Consumidor e Industrias Reguladas, donde se destacan la banca, minería, derecho de aguas, energía, pesca y telecomunicaciones, además de Bancarrota y Resolución de Conflictos, ésta última dividida en litigio y arbitrajes.
La presentación oficial se realizó en el mes de julio en la residencia del embajador británico, Jon Benjamin, y contó con la presencia de Lord Mayor de Londres.
Los ejemplares se encuentran a la venta desde el mes de septiembre de este año.
Más información: http://britcham.cl/?s=doing+business
Auto Acordado del Tribunal de Propiedad Industrial sobre invenciones en servicio
Con fecha 10 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial el Auto Acordado del Tribunal de Propiedad Industrial que interpreta el art. 72 de la ley 19.039 de Propiedad Industrial, en el sentido que las controversias sobre invenciones en servicio son de competencia de INAPI en primera instancia y del TDPI en segundo grado.
El mismo documento, a su vez, deja sin efecto el anterior auto Acordado del TDPI publicado en el D.O. con fecha 26 de octubre de 2012, en el cual se reconocía expresamente la
El mismo documento, a su vez, deja sin efecto el anterior auto Acordado del TDPI publicado en el D.O. con fecha 26 de octubre de 2012, en el cual se reconocía expresamente la
Proyecto de ley que sustituye ley de Propiedad Industrial ingresa al Congreso Nacional
La tramitación de dicho proyecto de ley, en primer trámite constitucional iniciado en el Senado, puede consultarse en el sitio web de la Biblioteca del Congreso Nacional.
Chile desconoce validez a la "lista roja" de propiedad intelectual elaborada por EEUU
Este año Chile vuelve a estar incluido en el apartado "observación prioritaria" (priority watch list) del referido informe. A respecto, el comunicado agrega que éste "carece de criterios claros para catalogar a los distintos países, sino que es más bien un reflejo de los intereses de la industria norteamericana de aplicar selectivamente sus estándares de propiedad intelectual a otros países".
Fuente: Emol.com
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Celebración del Día Mundial de la Propiedad Intelectual en INAPI
Fuente: INAPI
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